Recargo de equivalencia
04.07.2019
Te preguntarás qué es esto. Básicamente se trata de pagar un porcentaje adicional en cada factura a tus proveedores y así no tener que declarar IVA de forma trimestral.
Los minoristas y empresas que no facturan grandes cantidades lo utilizan para evitar tener que desembolsar una cantidad de dinero y así pagarlo en cada factura.
Tipos de recargo de
equivalencia
En 2012 el Real-Decreto Ley 20/2012 modificó el IVA con la famosa subida al 21% y modificó los recargos de equivalencia vigentes en la AEAT. Los tipos de recargo de equivalencia que se aplican desde entonces sTon los siguientes:
- IVA general al 21%: recargo de equivalencia de un 5,2%.
- IVA reducido al 10%: recargo de equivalencia de un 1,4%.
- IVA súper reducido a un 4%: recargo de equivalencia de un 0,5%.
- Tabaco: recargo de equivalencia de un 1,75%.

